Rule 21.1 Como cuestión de derecho
Capítulo IV. Partes
Intervención
Rule Text
Mediante una oportuna solicitud, cualquier persona tendrá derecho a intervenir en un pleito:
(a) cuando por ley o por estas reglas se le confiere un derecho incondicional a intervenir o
(b) cuando la persona solicitante reclame algún derecho o interés en la propiedad o asunto objeto del litigio que pueda, de hecho, quedar afectado con la disposición final del pleito.