Skip to main content

Rule 28.1 Notificación y entrega de las preguntas

Capítulo V. Procedimientos Anteriores Al Juicio

Deposiciones mediante preguntas escritas

La parte que desee tomar la deposición de alguna persona por medio de preguntas escritas, hará entrega de estas preguntas a cada una de las otras partes con una notificación, haciendo constar el nombre y la dirección de la persona que ha de contestarlas y el nombre o título descriptivo y la dirección de la persona que habrá de tomar el juramento de la deposición, y el nombre y la dirección de la persona que tomará

o grabará la deposición. Dentro de los diez (10) días siguientes al de la notificación, la parte así notificada podrá entregar repreguntas a la parte que propuso la toma de la deposición. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la entrega de las repreguntas, la parte a quien le fueron notificadas podrá entregar preguntas adicionales a la parte que le hizo entrega de dichas repreguntas. Dentro de tres (3) días después de haber recibido las preguntas adicionales, una parte podrá entregar repreguntas adicionales a la parte que propuso la toma de la deposición.