Skip to main content

Rule 28.3 Órdenes para la protección de partes y deponentes

Capítulo V. Procedimientos Anteriores Al Juicio

Deposiciones mediante preguntas escritas

Con posterioridad a la notificación y entrega de interrogatorios y antes de tomar el testimonio del o de la deponente, la sala ante la cual esté pendiente el pleito podrá, mediante una moción prontamente formulada por una parte o por un o una deponente, previa notificación y por justa causa, dictar cualquier orden especificada en la Regla 23.2 que sea adecuada y justa, una orden para que la deposición no sea tomada ante la persona designada en la notificación o para disponer que no sea tomada excepto mediante examen oral.