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Rule 3.4 Pleitos según el sitio de origen de la causa del litigio

Capítulo II. Iniciación Del Pleito

Jurisdicción, competencia y traslado

Los pleitos contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y contra las compañías de seguros o de fianza, y aquellos para recobrar daños y perjuicios, se presentarán en la sala en que radique el objeto del seguro o de la fianza, o en que la causa del litigio o alguna parte de ella tuvo su origen.