Rule 3.4 Pleitos según el sitio de origen de la causa del litigio
Capítulo II. Iniciación Del Pleito
Jurisdicción, competencia y traslado
Rule Text
Los pleitos contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y contra las compañías de seguros o de fianza, y aquellos para recobrar daños y perjuicios, se presentarán en la sala en que radique el objeto del seguro o de la fianza, o en que la causa del litigio o alguna parte de ella tuvo su origen.