Rule 35.2 Oferta de pago
Capítulo V. Procedimientos Anteriores Al Juicio
Oferta de sentencia y de pago
Rule Text
Cuando en el pleito para obtener únicamente el cobro de dinero, la parte demandada alegue en su contestación que antes de presentarse la demanda ofreció a la parte demandante la suma total a que tiene derecho e inmediatamente la deposita en el tribunal, y resulta que dicha alegación es cierta, la parte demandante no podrá cobrar costas y tendrá que pagarlas a la parte demandada, así como también los gastos y honorarios de abogados.
Regla 35.3. Depósito en el tribunal En un pleito en que cualquier parte del remedio que se solicite sea una sentencia mediante la cual se ordene el pago de una suma de dinero o la disposición de cualquier otra cosa que pueda ser objeto de entrega, una parte, previa notificación a cada una de las otras partes y con el permiso del tribunal, podrá depositar en el tribunal la totalidad de dicha suma o cosa, o cualquier parte de ésta, para ser retenida por el Secretario o la Secretaria sujeta a ser retirada, en todo en parte en cualquier momento por orden del tribunal.