Skip to main content

Rule 2 Propósito, alcance e interpretación

Estas reglas tienen el propósito de establecer el trámite procesal de todo procedimiento de naturaleza civil incoado en la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y que sea declarado como un caso civil de litigación compleja. Servirán como normas supletorias a las Reglas de Procedimiento Civil, al Reglamento del Tribunal de Circuito de Apelaciones y al Reglamento del Tribunal Supremo. Nada de lo aquí dispuesto tendrá el efecto de extender los términos jurisdiccionales y los de estricto cumplimiento establecidos por ley o reglamento. Se interpretarán en conformidad con el propósito de la Regla 1 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III, de modo que garanticen una solución justa, rápida y económica de todo asunto relacionado con el trámite de los casos civiles de litigación compleja.