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Rule 26 Evaluación; determinación

Capítulo V. Procedimientos Ante La Junta

(A) El Director o la Directora evaluará las solicitudes que hayan sido presentadas debidamente.

(B) El Director o la Directora podrá denegar toda solicitud que no cumpla con los requisitos de este Reglamento o que esté incompleta.

(C) En la evaluación de la solicitud, el Director o la Directora podrá requerir información adicional al o a la solicitante.

(D) El Director o la Directora podrá conceder la solicitud en todo o en parte, o denegarla. En ambos casos, deberá notificar su decisión al o a la solicitante.

(E) Si el Director o la Directora no concede o deniega una solicitud dentro de un término de 45 días, se tendrá por aprobada.