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Rule 9 Funciones del Director o de la Directora

Capítulo II. Junta De Educación Jurídica Continua

El Director o la Directora es el funcionario administrativo o la funcionaria administrativa del Programa con las funciones necesarias para implementar este Reglamento. Entre otras, ejercerá las funciones siguientes:

(A) certificar proveedores;

(B) aprobar cursos de educación jurídica continua;

(C) custodiar y mantener bajo control todos los documentos, los registros, los expedientes y el equipo;

(D) expedir certificaciones a tenor de este Reglamento;

(E) dirigir, coordinar y supervisar el personal administrativo de la Junta;

(F) preparar las minutas de las sesiones de la Junta;

(G) evaluar situaciones de incumplimiento con los términos y requisitos de este Reglamento y recomendar la acción correspondiente;

(H) someter recomendaciones sobre cualquier otro asunto relacionado con el descargo de sus funciones y la administración eficiente de este Reglamento;

(I) administrar el sistema de becas establecido en este Reglamento y rendir un informe a más tardar el 1 de agosto de cada año sobre la operación relacionada a este sistema en el año fiscal anterior para la consideración de la Junta, y

(J) realizar cualquier otra función necesaria para el cumplimiento de lo establecido en este Reglamento.