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Rule 45 Omisión de alegar valor o precio

La acusación o la denuncia serán suficientes aunque no especificaren el valor o precio de la propiedad afectada, a menos que una alegación en tal sentido fuere necesaria para imputar la comisión de un delito. Bastará con alegar que el valor o precio de la propiedad iguala o excede el valor o precio determinativo del delito. No habrá que alegar los hechos que determinan dicho valor o precio.