Rule 32 Prórrogas
Rule Text
Los términos dispuestos en estas reglas son de estricto cumplimiento. Solo podrán ser prorrogados mediante una solicitud escrita presentada por cualquier parte dentro
del término cuya prórroga se solicite, mostrando las razones que la justifiquen y en conformidad con la Regla 26(d)(3). Solo se aceptará una (1) prórroga durante cada etapa del procedimiento. Esta solicitud se resolverá:
(a) durante la etapa del trámite en la Oficina de Administración de los Tribunales por el Director o la Directora;
(b) durante el trámite ante la Comisión por su Presidente o Presidenta, y
(c) durante el trámite ante el Tribunal por el Juez Presidente o la Jueza Presidenta, o por el Tribunal, según sea el caso.