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Rule 12.4 Citación; forma de diligenciarla y prueba del diligenciamiento

Capítulo 12. : Citaciones Y Notificaciones Para Vista

La persona que efectúe el diligenciamiento entregará una copia de la citación a la persona a quien va dirigida, hará constar en la citación su firma, la fecha y el lugar de dicha entrega. Se citarán personalmente a los menores y a sus padres o a cualquiera de las personas que estén a cargo del menor.

Si la persona a quien va dirigida la citación no pudiera ser localizada, podrá dejársele la citación en su domicilio o residencia habitual, en poder de alguna persona de suficiente edad y discreción que resida allí, con instrucciones de entregarla a la persona a quien va dirigida.

La persona que diligencie la citación radicará en la secretaría del tribunal la constancia de haberla diligenciado no más tarde del día anterior a la vista.