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Rule 1.02 Alcance, propósitos e interpretación de estas Reglas

Capítulo 1. Disposiciones Generales

(a) El propósito de este reglamento es alentar el desarrollo y uso de los métodos alternos para la solución de conflictos como complemento del sistema judicial.

(b) Estas reglas aplicarán a todos los casos civiles o criminales que sean referidos a servicios de métodos alternos para la solución de conflictos, ya sean públicos o privados, conforme a lo descrito en este Reglamento.

(c) Cuando los servicios de métodos alternos para la solución de conflictos los provea la Rama Judicial, éstos podrán utilizar las disposiciones de este Reglamento, en cuanto apliquen, para la tramitación de aquellos casos en que las partes en conflicto soliciten directamente sus servicios.

(d) Estas reglas se interpretarán de modo que garanticen la solución justa y expedita de las controversias.