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Rule 7.06 Calificaciones, deberes y obligaciones éticas del mediador o la mediadora

Capítulo 7. Mediación

El mediador o la mediadora cumplirá con las calificaciones, los deberes y las obligaciones éticas establecidas en este Reglamento, con aquellas que el Negociado haya establecido y con cualquier otra reglamentación aprobada por la Rama Judicial relacionada con las calificaciones, los deberes y las obligaciones éticas de los interventores y las interventoras neutrales.