Rule 4.2 - Requisitos para los aspirantes que estudiaron en universidades extranjeras 5
Capítulo 4. - Requisitos De Admisión Al Ejercicio De La
Rule Text
Regla 4.2.1 El aspirante que hubiese cursado sus estudios en países extranjeros deberá cumplir con los incisos (a), (c), (d) y (e) de la Regla 4.1.1 y convalidar sus estudios y obtener el grado correspondiente al título de abogado en una Escuela de Derecho aprobada por el American Bar Association y por el Tribunal. Luego de convalidar sus estudios y obtener el grado correspondiente al título de abogado en una Escuela de Derecho que satisfaga los requisitos de acreditación, el aspirante egresado de una universidad extranjera deberá presentar evidencia de ello ante la Junta Examinadora con su solicitud de admisión a examen.