Rule 7.1 – Requisitos 12
Capítulo 7. - Requisitos De Admisión Al Examen
Rule Text
Regla 7.1.1 Toda persona interesada en solicitar el examen de Reválida Notarial deberá cumplir con lo siguiente:
(a) los requisitos que establece la Regla 4.1.1,
(b) haber sido admitida y juramentada al ejercicio de la abogacía en Puerto Rico, y
(c) haber aprobado con una calificación satisfactoria, en cualquier escuela de derecho acreditada por la American Bar Association o por el Tribunal, un mínimo de:
(i) tres (3) créditos de Derecho Notarial relacionados al Derecho Notarial Sustantivo,
(ii) tres (3) créditos de Derecho de Sucesiones,
(iii) tres (3) créditos de Derecho Hipotecario,
(iv) tres (3) créditos de Derecho de Familia,
(v) tres (3) créditos de Derecho de Obligaciones y Contratos,
(vi) cinco (5) créditos de Derecho Notarial Práctico, que podrán
Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Página 18 de 27
acumularse en clínicas, cursos, seminarios o programas especializados en la práctica notarial y que integren las distintas facultades delegadas al notariado puertorriqueño, así como la aplicación de materias relacionadas al Derecho Notarial.
Se entenderá como calificación satisfactoria las calificaciones “A”, “B”, “C” o sus equivalentes.