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Rule 22.4 Funcionarios y funcionarias públicos

Capítulo IV. Partes

Sustitución de partes

Cuando un funcionario o una funcionaria de Estados Unidos, del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de sus municipios o de cualquiera de sus agencias o dependencias sea parte en un pleito en su capacidad oficial, y mientras esté pendiente el pleito fallezca, renuncie o de cualquier otro modo cese en el desempeño de su cargo, el pleito no se desestimará y su sucesor o sucesora quedará automáticamente sustituido o sustituida como parte.