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Rule 3.2 Competencia

Capítulo II. Iniciación Del Pleito

Jurisdicción, competencia y traslado

Todo pleito se presentará en la sala que corresponda según lo dispuesto por ley y por estas reglas, pero no se desestimará ningún caso por haberse sometido a una sala sin competencia. Todo pleito se tramitará en la sala en que se presente por convenio de las partes y la anuencia fundamentada del juez que presida dicha sala en ese momento. De lo contrario, se transferirá por orden del juez o la jueza a la sala correspondiente.