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Rule 6.11 Conferencia con antelación a la vista adjudicativa

Capítulo 6. : Mociones Y Conferencia Con Antelación a La Vista

El tribunal, por iniciativa propia o a solicitud del menor o del procurador, podrá disponer la celebración de una o más conferencias para considerar cualesquiera asuntos susceptibles de resolverse o estipularse antes de la vista adjudicativa.