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Rule 2.3 - Término

Capítulo 2. - Constitución De La Junta

Regla 2.3.1 Los miembros de la Junta, con excepción de su Presidente, serán designados por el Tribunal por el término de un (1) año inicialmente y luego por tres (3) términos adicionales de dos (2) años cada uno. Regla 2.3.2 El término de designación de cualquier miembro de la Junta podrá ser extendido por el Tribunal a su vencimiento cuando el Tribunal así lo estime necesario o conveniente.

Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Página 4 de 27