Rule 23 Deber general
Rule Text
Las juezas y los jueces se comportarán públicamente de manera que sus actuaciones no provoquen dudas sobre su capacidad para adjudicar imparcialmente las controversias judiciales, no deshonren el cargo judicial y no interfieran con el cabal desempeño de sus funciones judiciales.
Este canon es nuevo. Su propósito es establecer una norma general precisa para regir el comportamiento público de las juezas y los jueces en el ámbito de sus actividades fuera del estrado. Esta norma general es similar a la del Canon 4A Modelo del Código Modelo de Conducta Judicial promulgado por la American Bar Association. Sustituye al primer párrafo del Canon XXIV de Ética Judicial de 1977, cuyo contenido expresa que aun cuando no es necesario ni deseable que los miembros de la Judicatura vivan en el aislamiento, serán escrupulosos en evitar actuaciones que razonablemente puedan dar
lugar a la impresión de que sus relaciones sociales, de negocios, familiares o de amistad influyen en sus determinaciones judiciales.