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Rule 3.1 Reclamaciones Y Comparecencias Meritorias

Capítulo III. : El Abogado Y La Abogada Como Representante Legal

Una persona que ejerce la abogacía no instará procedimiento alguno ni promoverá una controversia o formulará oposición a una controversia, a menos que existan fundamentos jurídicos y de hechos que no sean frívolos. Esto incluye la presentación de argumentos de buena fe para solicitar la ampliación, modificación o revocación de una norma jurídica. En casos de naturaleza penal o en procedimientos que puedan resultar en la encarcelación de su cliente, una persona que ejerce la abogacía podrá requerir, según la etapa que corresponda, que se prueben todos los elementos de la acción presentada.