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Rule 3.2 Prontitud En La Tramitación De Las Causas O Los Asuntos Notariales

Capítulo III. : El Abogado Y La Abogada Como Representante Legal

(a) La persona que ejerce la abogacía deberá tramitar con prontitud la causa litigiosa de su cliente consistentemente con los intereses de este o esta. Tendrá presente su deber hacia el tribunal, sus compañeros y compañeras de la profesión legal, las partes y testigos. Deberá ser puntual en sus gestiones profesionales, evitará dilaciones indebidas y solicitudes de suspensiones de audiencias o eventos procesales, excepto cuando existan circunstancias excepcionales y sea indispensable.

R e g l a s d e C o n d u c t a P r o f e s i o n a l d e P u e r t o R i c o | 134

(b) La persona que ejerce la notaría atenderá y tramitará con prontitud los documentos y los asuntos encomendados por la persona usuaria del servicio.