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Rule 3.5 Imparcialidad E Influencias Indebidas

Capítulo III. : El Abogado Y La Abogada Como Representante Legal

La persona que ejerce la abogacía no deberá:

(a) intentar influir por medios indebidos a un juez o una jueza, al jurado, a una o un potencial jurado u otro oficial en capacidad similar;

(b) comunicarse ex parte con las personas indicadas en el inciso (a), excepto que se le haya autorizado por ley u orden judicial;

(c) en ausencia de la otra parte, comunicarse ni discutir con el juez o la jueza sobre los méritos de un caso pendiente;

(d) comunicarse con una o un miembro del jurado o jurado potencial después de que se le excusa si:

(1) la comunicación está prohibida por ley o por orden del tribunal,

(2) el o la jurado le han indicado que no desea comunicarse o

(3) la comunicación conlleva falsa representación, coerción, intimidación u hostigamiento.

(e) incurrir en conducta con la intención de entorpecer los trabajos de un tribunal.