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Rule 3.6 Publicidad Sobre Juicios

Capítulo III. : El Abogado Y La Abogada Como Representante Legal

(a) La persona que ejerce la abogacía que participe o haya participado en la investigación o litigación de un asunto no deberá hacer una manifestación extrajudicial o proveerle a una tercera persona documentación confidencial o que exponga a riesgos a su cliente de un caso que conoce o debe conocer razonablemente que será difundida a través de los medios de comunicación pública y que tendrá

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una alta probabilidad de causar o perjudicar sustancialmente el proceso adjudicativo del asunto.

(b) No obstante lo dispuesto en el inciso (a), a modo de ejemplo y en consideración a las particularidades de cada caso, una persona que ejerce la abogacía podrá manifestarse sobre:

(1) la reclamación, ofensa o defensa involucrada, y excepto cuando se prohíba por ley, la identidad de las personas involucradas;

(2) información que conste en un documento de acceso público;

(3) el hecho de que la investigación de un asunto está en proceso;

(4) el calendario o resultado de cualquier etapa del litigio;

(5) una solicitud de ayuda para obtener prueba y la información que sea necesaria para esto;

(6) un aviso de peligro concerniente al comportamiento de una persona involucrada, cuando hay razón para creer que existe una probabilidad razonable de que cause daño sustancial a una persona o al interés público, y

(7) en un caso criminal, además de lo dispuesto en los subincisos

(1) a (6):

(i) la identidad, lugar de residencia, ocupación y el estado familiar de la persona acusada;

(ii) si la persona acusada no ha sido arrestada, la información que sea necesaria para ayudar a su detención;

(iii) el hecho, la hora y el lugar del arresto, y

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(iv) la identidad de oficiales del orden público que hicieron el arresto y oficiales y agencias que participan en la investigación y la duración de esta.

(c) No obstante lo dispuesto en el inciso (a), y en consideración a las particularidades de cada caso, una persona que ejerce la abogacía puede hacer una manifestación que razonablemente creería es necesaria para proteger a sus clientes del efecto sustancialmente perjudicial de publicidad reciente no iniciada por estos o estas. Una manifestación hecha a tenor con este inciso se limitará a la información que sea necesaria para mitigar la publicidad adversa reciente.

(d) Ninguna persona que ejerce la abogacía que trabaje en una oficina legal o en una entidad gubernamental con una persona que ejerce la abogacía a quien le aplique lo dispuesto en el inciso (a), podrá hacer una manifestación prohibida por el inciso (a).