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Rule 6.2 Aceptación De Asignación De Oficio

Capítulo VI. : Los Deberes De Las Personas Que Ejercen La Abogacía Con La Sociedad

Las personas que ejercen la abogacía deberán aceptar la asignación de oficio que le haga un tribunal para representar a una persona indigente. Los asuntos relacionados con las asignaciones de oficio quedan regulados por el Reglamento para la asignación de abogados y abogadas de oficio de Puerto Rico, incluso las instancias que permitan que una persona que ejerce la abogacía solicite el relevo de una asignación de oficio.