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Rule 6.4 Participación En Reformas Jurídicas Que Afecten Intereses De Clientes

Capítulo VI. : Los Deberes De Las Personas Que Ejercen La Abogacía Con La Sociedad

Una persona que ejerce la abogacía podrá ser director o directora, oficial o miembro de una organización que participa en la reforma del Derecho o su administración, aunque esa reforma pudiera afectar los intereses de su cliente. Cuando una persona que ejerce la abogacía sabe que los intereses de su cliente pueden beneficiarse sustancialmente por una decisión en la que participa, deberá divulgar ese hecho a la organización, aunque no tendrá que identificar a su cliente.